modelo 720
declaración de bienes y
derechos en el extranjero

modelo 720, ¿que es?
El modelo 720 es una declaración informativa anual que tiene que presentar ante la Agencia Tributaria todo aquel contribuyente que tenga bienes o derechos en el extranjero.
¿Qué son los bienes extranjeros?
La Agencia Tributaria los divide en 3 bloques:
- Cuentas en Entidades Bancarias o de Crédito situadas en el extranjero que tengan titulares, representantes, autorizados o beneficiarios españoles.
- Títulos, activos, valores o derechos, seguros de vida o invalidez, rentas vitalicias o temporales.
- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.
Ejemplos de bienes en el extranjero:
- Acciones y valores bursátiles o de empresas no cotizadas.
- Bonos y préstamos.
- Cuentas bancarias.
- Sociedades y Fondos de inversión.
- Propiedad, usufructo, multipropiedad.
- Seguros de vida.
- Excepciones: joyas, oro y vehículos.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?
Si tienen bienes en el extranjero, presentar el modelo 720 es de obligado cumplimiento para:
- personas físicas o jurídicas con residencia en territorio español.
- Los establecimientos con presencia en territorio español, pertenecientes a entidades no residentes.
- Las entidades en atribución de rentas.
- Extrajeros residentes en España que posean más del 1% de cuentas bancarias con saldo superior a 50.000€
Que tengan bienes en el extranjero valorados en más de 50.000€.
Esta obligación se aplica a todos aquellos que hayan sido titulares en algún momento del año.
¿Qué plazos y sanciones tiene el modelo 720?
El modelo 720 se presenta entre el 1 de Enero y el 31 de Marzo del año siguiente al que se esté declarando.
Este modelo se presenta una única vez, salvo que el valor de lo bienes en el extranjero haya aumentado en más de 20.000€, momento en que habría que volver a presentarlo.
Sanciones.
La no presentación del modelo 720, o hacerlo de forma incompleta, con datos falsos o incorrectos da lugar a sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
- Si, habiendo obligación, no se ha presentado el modelo 720, la sanción es de 5.000€ por cada dato o conjunto de datos no declarado, con un mínimo de 10.000€ por cada uno de los 3 bloques en los que la Agencia Tributaria separa en este modelo las clases de bienes en el extranjero.
- Si el modelo 720 se ha presentado, pero fuera de plazo, la sanción es de 100€ por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 1.500€.